El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Víctor Medina, María Luz Martínez y Wilfrido Peralta, que condenó al arquitecto Bernardo Ismachowiez por la construcción del supermercado YcuáBolaños, siniestrado en 2004, rechazó el pedido de revocatoria de prisión preventiva, ya que le aplicaron medidas alternativas.
Asunción, martes, 07 de abril de 2009
Los jueces María Luz Martínez, Víctor Medina y Wilfrido Peralta rechazaron el pedido de revocatoria de prisión preventiva para el arquitecto Bernardo Ismachowiez, quien diseñó el plano de construcción del supermercado Ycuá Bolaños Botánico, incendiado el 1 de agosto de 2004, puesto que el mismo cuenta con medidas alternativas y no de prisión.
Además, explicaron que el arquitecto fue beneficiado con la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva y que el Tribunal de Apelación en lo Criminal decretó su arresto domiciliario el 28 de diciembre de 2006.
Por otra parte, recalcan que el 26 de junio de 2007, el Tribunal de Sentencia ordenó sin revocar el arresto domiciliario, otras medidas sustitutivas como caución real de 2 mil millones de guaraníes, comparecencia obligatoria mensual y caución personal de los abogados del acusado, Adolfo Ferreiro, José Ignacio González Macchi y Luis Troche por 5 mil millones de guaraníes.
Asimismo, los magistrados indicaron que la medida cautelar de arresto domiciliario es sustitutiva a la prisión preventiva y que uno de los requisitos para que la medida preventiva sea revocada exceden los plazos del Código Procesal Penal, también dispone la duración de tres meses más , mientras el recurso es tramitado.
Finalmente, resaltan que a la fecha no existe medida preventiva que afecte al arquitecto Ismachowiez, por tanto rechazan el pedido de prisión preventiva por “improcedente,” porque no existe tal medida.
Fuente: Página Web Oficial del Poder Judicial de la República de Paraguay
Link: http://www.pj.gov.py/noticia.asp?codigo=2385
Asunción, martes, 07 de abril de 2009
Los jueces María Luz Martínez, Víctor Medina y Wilfrido Peralta rechazaron el pedido de revocatoria de prisión preventiva para el arquitecto Bernardo Ismachowiez, quien diseñó el plano de construcción del supermercado Ycuá Bolaños Botánico, incendiado el 1 de agosto de 2004, puesto que el mismo cuenta con medidas alternativas y no de prisión.
Además, explicaron que el arquitecto fue beneficiado con la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva y que el Tribunal de Apelación en lo Criminal decretó su arresto domiciliario el 28 de diciembre de 2006.
Por otra parte, recalcan que el 26 de junio de 2007, el Tribunal de Sentencia ordenó sin revocar el arresto domiciliario, otras medidas sustitutivas como caución real de 2 mil millones de guaraníes, comparecencia obligatoria mensual y caución personal de los abogados del acusado, Adolfo Ferreiro, José Ignacio González Macchi y Luis Troche por 5 mil millones de guaraníes.
Asimismo, los magistrados indicaron que la medida cautelar de arresto domiciliario es sustitutiva a la prisión preventiva y que uno de los requisitos para que la medida preventiva sea revocada exceden los plazos del Código Procesal Penal, también dispone la duración de tres meses más , mientras el recurso es tramitado.
Finalmente, resaltan que a la fecha no existe medida preventiva que afecte al arquitecto Ismachowiez, por tanto rechazan el pedido de prisión preventiva por “improcedente,” porque no existe tal medida.
Fuente: Página Web Oficial del Poder Judicial de la República de Paraguay
Link: http://www.pj.gov.py/noticia.asp?codigo=2385