FABRELLO, EXEQUIEL ELIAS c/SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE E.RIOS S/INTERDICTO DE RECOBRAR (EXPTE. Nº 359)A C U E R D O :En la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos a los 7 días del mes deagosto del año dos mil nueve, se reúnen en el Salón de Acuerdos de la SalaII en lo Civil y Comercial de la Excma.Cámara de Apelaciones, los SeñoresVocales Dres. SILVIA ELENA TABORDA, JORGE LUIS GAMBINO y HORACIO EDGARDOMANSILLA, para conocer del recurso de apelación concedido en autos "FABRELLO,EXEQUIEL ELIAS c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE E.RIOS S/ INTERDICTO DERECOBRAR (EXPTE. Nº 359)" respecto de la sentencia de fs.154/158. Deconformidad con el sorteo de ley oportunamente realizado, -art. 260 del C.P.C.y C.- la votación deberá efectuarse en el siguiente orden: Sres. Vocales Dres.SILVIA ELENA TABORDA, HORACIO EDGARDO MANSILLA y JORGE LUIS GAMBINO.Estudiados los autos, la Sala plantea la siguiente cuestión a resolver:¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?A la cuestión propuesta, la Señora Vocal Dra. Silvia Elena Taborda, dijo:1) Que el juez de la anterior instancia rechazó el Interdicto de Recobrar iniciado por Exequiel Elías Fabrello contra el Superior Tribunal de Justiciarespecto de la porción de un inmueble y muebles allí existentes, ante eldespojo sufrido por parte de la policía de la Provincia de Entre Ríos en el mesde marzo de 2005.El actor alega estar legitimado por ser poseedor con verdadero "animus domini"por más de veinte años de dicho inmueble ubicado en el paraje Salto Grande,conocido también como Ascona sito en el ejido de la ciudad de Federación y queel sujeto pasivo es el Superior Gobierno de la Provincia porque se constató lapresencia de personal policial lo que compromete su responsabilidad.El a-quo para rechazar la demanda sostuvo: a) que el inmueble en cuestión seencuentra inscripto dominialmente a nombre del Estado Nacional (ComisiónTécnica Miixta de Salto Grande), pasando luego a manos de la Provincia por unconvenio celebrado con el ente binacional en junio de 1993 conforme documental reseñada; b) que dicho bien en su totalidad es de dominio público-art. 2340 inc.7 del CC- y c) que nunca el estado abandonó dicho inmueble yaque allí instaló una estación de piscicultura, luego una estaciónmetereológica, existiendo después del traspaso al dominio provincial unaescuela y mas tarde con fondos de las Cafesg se construyó el denominado"Complejo Recreativo de Integración Paraje Ascona".Concluye por ello reconociendo que, si bien se ha admitido jurisprudencialmenteeste tipo de interdictos contra el Estado ello lo ha sido respecto de inmueblesabandonados sean estos de dominio público o privados, lo que no sucede en elcaso de acuerdo a las obras realizadas por el Estado Nacional y Provincial enel predio. Agrega el aquo que el Estado haya tolerado la ocupación de parte dellote no significa que haya declinado el dominio público sobre el mismo.Respecto de los bienes muebles que también reclama el actor sostiene que nisiquiera este último los describe al demandar, por lo tanto al desconocerse deque se tratan debe rechazarse también tal pretensión.En sus agravios el recurrente sostiene que no está probado que el inmuebleobjeto de la litis conocido como "Paraje Ascona" o "Salto Grande" sea dedominio público del Estado, que tal circunstancia no fue invocada ni probadapor la accionada por lo que entiende se ha violado por el sentenciante elprincipio de congruencia, también el derecho de defensa siendo en consecuencia nulo el decisorio.Agravia al apelante la afirmación del a-quo referida a que no hubo abandono delpredio, ya que este ocupó y poseyó durante años el mismo, lo cual indica que almenos en esa parte hubo abandono, entendiendo por ello irrelevante las obras quese indican como realizadas toda vez que el paraje es de 19 has. y ellas noocupan mas que unos pocos metros cuadrados .Que sustanciado el recurso, la accionada en memorial de fs.191/196 por mediodel Sr.Fiscal de Estado en primer término solicita su deserción por falta defundamentos concretos del apelante.En segundo lugar sostiene que en oportunidad de contestarse la demanda seseñaló la propiedad del Estado sobre el bien y su destino de utilidad públicaya que expresamente se dice que allí se están llevando a cabo obras deconstrucción por parte de organismos de la provincia como el "AlbergueEducativo y Recreativo para la Infancia", y que la escuela provincial primariaNº 52 "Benjamin Franklin" ya existía y seguía funcionando evidenciandose asíobras de uso común o bien público, encuadrando entonces correctamente elmagistrado los hechos descriptos al derecho aplicable y vigente al fundar lasentencia en el art. 2340 inc. 7 del CC, no habiendo incongruencia alguna enel fallo impugnado.Alega también que, el inmueble en cuestión, por reunir la condición de un biende dominio público está fuera del comercio, siendo insuceptibles de serposeidos, pasando al dominio privado del estado solamente por una desafectacióndispuesta por ley, para luego poder estar en el comercio y ser objeto deapropiación por parte de los particulares vgr. por usucapión. Destaca que elactor articula el presente interdicto respecto de la totalidad del predio "Paraje Ascona" de 19 has. 9 as. y 39 cs., nada dice al demandar que se poseyóuna parte o fracción.2) Adelanto opinión adversa al recurso intentado.En primer lugar es dable destacar que la cuestión referida a la inscripción registral del inmueble no resulta esencial en el marco de este juicio desdeque, según lo dispuesto por el art. 614 del Digesto Ritual, para laprocedencia del interdicto de recobrar sólo se requiere haber acreditado laposesión actual o la tenencia y el despojo total o parcial con violencia oclandestinidad.Desde hace tiempo, tanto la doctrina como la jurisprudencia se han pronunciadoen el sentido de que lo referente al título o derecho de propiedad es ajeno aesta clase de acción (cfr. Falcón, Enrique M., Tratado de Derecho ProcesalCivil y Comercial, T. VI pag.121, Ed. Rubinzal Culzoni).Ahora bien, en el caso quedó acreditado con la prueba arrimada - vgr.constancia del expediente acordonado- que el inmueble en cuestión de 19 has. 9as.39 cas. de propiedad del Estado Nacional (cfr.fs.78) fue entregado a laprovincia de Entre Ríos en carácter de tenencia por la CTM de Salto Grandecon la finalidad que allí se construya un nuevo edificio para la escuela Nº62"Benjamin Franklin" dentro del marco del programa de erradicación de escuelasrancho que desarrollaba la provincia, lo que fue ratificado por DecretoProvincial Nº 3083 del 16-07-1993 encomendándose allí la administración delbien a la Subsecretaría de Planificación y Control de Gestión, creándose luegopor Decreto Nº 3235 el "Centro de Investigación y Educación Ambiental SaltoGrande" cuya sede es el inmueble matrícula nº 629 que como se dijo espropiedad del Estado Nacional (cfr.fs.18/20 autos "Cecco, Gustavo A. y otro c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/Interdicto de Recobrar").Estas circunstancias, sin duda, hacen que el inmueble objeto de este litigiosea calificado como un bien de dominio público del Estado, esto es que deacuerdo al ordenamiento jurídico pertenecen a la comunidad jurídica del puebloy se hallan destinados al uso público - directo o indirecto- de los habitantespor estar afectados a la colectividad, estando la condición jurídico de estosbienes determinada por una serie de principios de orden negativo(inalienabilidad, imprescriptibilidad, inembargabilidad) y de orden positivo(que confirman su sustracción al régimen del Derecho privado y sujeción alDerecho Público). Es así que el propio detino de las cosas públicas impideque sobre estas haya posibilidad de disponer (son inalienables o inenajenablese imprescriptibles) no pudiéndose ejercer una posesión útil para prescribir lapropiedad (cfr.Codigo Civil, Bueres-Highton, Código Civil, T.5 A pag.85/95. Ed.Hammurabi).Que reafirmando el carácter público del bien por decreto Nº 1979 se apruebael proyecto de creación del "Centro Educativo y Recreativo Ecológico Integral" celebrándose al efecto sucesivos contratos de locación de obra (cfr.fs.125/130del acordonado) teniendo en miras este proyecto el desarrollo de actividadesfísicas recreativas y deportivas para niños con capacidades diferentes .De todo ello debe colegirse sin dudas que el inmueble descripto cae dentro delas previsiones del art. 2340 inc. 7 del CC que alude a obras construidas parautilidad o comodidad común, las que como ya se dijo están fuera del comerciosobre las cuales no puede entonces ejercerse posesión por parte de losparticulares conforme interpretación a "contrario sensu" de la primera partedel art. 2400 del mismo cuerpo legal. Mal puede entoces ser despojado de laposesión quien nunca ha podido ejercerla por imposibilidad legal (cfr.CC yLeyes Complementarias-Zannoni, Kemelmajer de Carlucci T.10 pag.318 ed. Astrea).Por todo ello, debe rechazarse el recurso y confirmarse la sentencia traída arevisión, imponiendo las costas al apelante vencido por aplicación del art.65del CPCC.-.A igual cuestión propuesta, el Sr. Vocal Dr. Horacio Edgardo Mansilla, dijo:Que se adhiere al voto del Sr. Vocal preopinante.A idéntica cuestión, el Sr. Vocal Dr. Jorge Luis Gambino, dijo:Conforme a lo dispuesto en el art. 47 de la L.O.P.J. -según Ley 9234, art. 2º-existiendo votos coincidentes y al sólo efecto de imprimir mayor celeridad altrámite, me abstengo de votar.Con lo que quedó conformada la siguiente sentencia:S E N T E N C I A:Concordia, 7 de agosto de 2009.Y V I S T O S :Por los fundamentos del Acuerdo que antecede,S E R E S U E L V E :I- RECHAZAR el recurso de apelación deducido por la parte actora contra lasentencia de fs. 154/158, la que se confirma en todo lo que ha sido materia deagravios.II- IMPONER las costas de alzada al apelante vencido y diferir la regulación dehonorarios hasta que se practiquen en la instancia de origen.REGÍSTRESE, notifíquese y devuélvase.FIRMADO: DRES. TABORDA.MANSILLASegún su voto de abstención previsto en el art. 47 de la L.O.P.J. -según Ley9234, art. 2º.FIRMADO: DR. GAMBINOES COPIAJUZGADO DE ORIGEN: JC0000FDNº EXPTE.: 0359
I.- DERECHO CONSTITUCIONAL, ADMINISTRATIVO, TRIBUTARIO Y AMBIENTAL
- Derecho público global y Derecho Local
- Autonomía Municipal ; Carta Orgánica ; Convención Constituyente Municipal
- Modificación Legislativa sobre los aspectos del proceso sancionatorio del Código Fiscal de la Pcia. de E. R.Procedimiento tributario y debido proceso
Ejecución fiscal y el derecho de defensa
Ejes para una nueva coparticipación (Federal y Provincial)
Impuestos Municipales
La Prescripción Fiscal Federal, provincial y municipal ante el Código Civil y Comercial de la Nación
La presión fiscal y su constitucionalidad (Federal, provincial y municipal)
Función jurisdiccional de la administración pública
El derecho de defensa y el sumario administrativo
El ingreso a la administración pública
El rol del empleado público ante la reforma de la administración
Organos de control y participación ciudadana
Las empresas del Estado
La autotutela ante la Inconstitucionalidad
Reforma a la Ley 7060
La digitalización del proceso administrativo
La competencia municipal ante el flagelo de la inseguridad
Efectos del estado de emergencia en el gobierno local
El buen gobierno y el gobierno local
Autonomía de los Concejos Deliberantes
El debido proceso por ante la Justicia municipal de Faltas
Los organismos de control en el ámbito municipal
Presupuesto participativo ( Nacional, Provincial y municipal)
Gobierno abierto
Las comunas y la falta de Reglamentación de las normas constitucionales provinciales
Conflicto de poderes entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante
La reforma de la administración pública y los derechos fundamentales
La incidencia de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos humanos en el derecho local
Potestad tributaria municipal y el Código Civil y Comercial de la Nación
Necesidad de legislar sobre procesos colectivos (a propósito de los amparos ambientales)
Tutela del ambiente en el Código Civil y Comercial de la Nación
Responsabilidad Civil Ambiental en el Código Civil y Comercial de la Nación
La regulación de la línea de ribera y el uso de los bordes costeros en el Código Civil y Comercial de la Nación
Proceso administrativos de licenciamientos ambientales
Ambiente y actividades productivas
La responsabilidad del Estado (su vacío normativo y el límite de su legislación)
El Consejo de la Magistratura (aciertos y defectos de la figura legal vigente en la provincia)
El futuro de la explotación termal en Entre Ríos y su impacto ambiental futuro.
II.- DERECHO CIVIL Y COMERCIAL. PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL
- Aplicación de las leyes de violencia en el Fuero Civil. Obstáculos y Soluciones.
- Derechos de la Comunidad LGTB en el Código Civil y Comercial de la Nación
- Tutelas Anticipatorias. Medidas autosatisfactivas e Innovativas. Diferencia entre cada una de ellas y criterios de aplicaciónResponsabilidad por daños del estado Nacional, Provincial y Municipal. Doble instancia
Indemnización de daños: Rubros
Violación de Daños e intereses
Nuevos Derechos Reales en el CCC
Usucapión. Problemática actual en la Provincia de Entre Ríos
Adecuación del Código de procedimiento al CCC en materia sucesoria
Sociedades Unipersonales y nuevas formas asociativas
Capacidad de la persona Humana. Necesidad de creación de un registro único nacional de capacidad. Sentencia inscripta de discapacidad: alcances de la misma y consecuencia de los actos realizados por el discapacitado
Prescripción larga y corta. Requisitos de la buena fe. Unión de posesiones ( art. 1932 y sgtes)
Derecho de superficie: su aplicación sobre bienes urbanos Art. 2114. Función del derecho del superficiario
Usufructo. Compraventa del mismo. Derecho de acrecer. Inventario de las cosas sujetas al usufructo. Usufructo de animales. Ejecución del usufructo
Derecho de Uso y Derecho de Habitación, diferencias
Régimen de la vivienda. Subrogación real, art. 248. Concepto de unidad económica
Pre-contratos y Contratos: elementos para configurar unos y otros
Responsabilidad Civil o Administrativa del Estado
Normas procesales del Código Civil y Comercial de la NaciónDerecho del consumidor a la luz del Codigo Civil y Comercial Nacional
Procedimiento Administrativo de Defensa del consumidor
Procedimiento Judicial normas y princiapios procesales
Seguros y ley de defensa al consumidorConstitucionalidad de la reforma del Código civil y Comercial de la Nación
III.- DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
- Aplicación de las leyes de violencia en el Fuero Penal. Obstáculos y Soluciones
- El debido proceso en los trámites de violencia contra la mujer; cuestiones procesales y de fondo. Aplicación de la Ley 26485
- Narcomenudeo a cargo de la provincia
- Organización y gestión en un sistema Adversarial- Acusatorio
- El juicio con o por jurados
- Medios de control. Impugnación y legitimación
- Ejecución Penal
- Trata y tráfico de Niñas, Niños y Adolescentes. Esclavitud sexual
Soluciones alternativas al conflicto penal y de violencia de Género
Sistema Acusatorio y Juicio Abreviado. Situación actual en la provincia
El sistema carcelario en Entre Ríos. Análisis General - Etapa intermedia. Facultades del Juez de Garantías. Posibilidad de sobreseimiento. Intervención del juez para lograr salidas alternativas. Intervención del juez para lograr acuerdos probatorios.-
- Recurso de casación. Alcances.
- Mediación Penal.-
IV.- DERECHO DE FAMILIA
- El Derecho de Familia: impacto en los derechos de las mujeres.
- Derechos Sexuales y Reproductivos de la mujer: aborto, TRHA, gestación por sustitución, parto humanizado
- Abogado del Niño. Tutor ad litem. Ministerio Público. Su intervención en los distintos procesos de familia
- Capacidad; Procesos de restricción a la capacidad; Salud Mental
- Régimen Patrimonial del Matrimonio; Régimen de la Comunidad y Régimen de la Separación de Bienes. Régimen Primario; uniones Convivenciales; Pacto de Convivencia
- Filiación e Identidad; Filiación TRHA; Triple Filiación.
- Adopción. Proceso de Preadoptabilidad.
- Derecho del niño a ser oído; Capacidad Progresiva.
- Daños en las relaciones de familia
- Propuesta de Divorcio. Convenio Regulador. Cuantificación de la compensación económica.
- Responsabilidad Parental ; Alimentos; Alimentos del progenitor afín. Insolvencia del Alimentante. Alimentante Incumplidor, sanciones, aspecto penal.
- Régimen patrimonial Matrimonial. Régimen de la Comunidad y Régimen de la Separación de Bienes.
- Violencia familiar y social. Violencia de género. Violencia en la escuela.
V.- MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
- Evaluación y funcionamiento de la Mediación a 8 años de su implementación por la Ley 9776
- Reforma del Reglamento:
- Honorarios del Mediador: imposición de costas. Oportunidad de Pago. Tope de honorarios
- Control de Mediadores y funcionamiento de las Oficinas de mediación.
- Funcionamiento del CMARC
Mediador Familiar / Consultor de Familia según el proyecto de Código Procesal de Familia
VI.- COLEGIACIÓN
- 60 Años de Colegiación: necesidad de Reforma de la ley N° 4109/56.
- El ejercicio de la abogacía como profesión liberal para la mujer; pros y contras.
- Incumbencia profesional
- Habilitación Profesional
- Honorarios
6TO CONGRESO ENTRERRIANO DE DERECHO DEL TRABAJO
I.- DERECHO DEL CONTRATO DE TRABAJO Y PREVISIONAL
Relaciones Laborales y la equidad de género
- Las Implicancias del Código Civil y Comercial De La Nación en el Derecho Del Trabajo.
- Discriminación laboral
- Casos de nulidad del despido
- Violencia Laboral
- Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial
- La clandestinidad en los haberes
- Subcontratación y Tercerización
- Protección ante las consecuencias del concurso y la quiebra.
- Jornada de Trabajo clandestina. Horas Suplementarias. Carga de la Prueba.
- Estatuto del Trabajador Agrario.
- Estatuto del Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
- Empleo Público.
- Las Facultades del empleador. Facultades disciplinarias. Ius Variandi.
- Extensión de Responsabilidad. Solidaridad de gerentes. De directores. De Socios.
- Sociedad unipersonal- responsabilidad del administrador y del socio
- Ley de Riesgos del Trabajo
- Actualidad del Derecho de Huelga
- Conflicto de encuadramiento sindical y convencional
- Tutela sindical
- Semejanzas del Derecho del Trabajo con el Derecho del Consumidor (Regulación constitucional, principios, proteccionismo)
- Protección del Trabajador como Consumidor, protección del salario frente a los códigos de descuentos, sobreendeudamientos del trabajador consumidor.
II.- DERECHO DEL TRABAJO PROCESAL
- Clandestinidad laboral y respuesta procesal
- Congruencia de las normas procesales con el Derecho del Trabajo sustancial
- Tutela Judicial Efectiva
- Procesos Urgentes
- Medidas Cautelares
- Prueba anticipada. Diligencias Preliminares.
- Medida Autosatisfactiva
- La ejecución de la sentencia laboral
- Procedimiento ante la autoridad administrativa laboral.
- La doctrina de la CSJN y sus proyecciones en el procedimiento laboral.
- La imposición de costas en el juicio laboral.
- En beneficio de litigar sin gastos en materia laboral.
- La extensión de responsabilidad en el procedimiento laboral.
- Prescripción y caducidad a la luz de las normas del C.C. y Com. de la N.
- Propuestas para la reforma del CPLER.